Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 20 abril 2024.

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    Plan de Pensiones AGE

      28/03/2017.

      El 01-05-2004 se dio de alta en el plan a todos los trabajadores que llevaban más de dos años al servicio de la Administración General del Estado y posteriormente se iba dando de alta a quienes cumplían ese periodo. 
      No se han realizado aportaciones desde 2012 (la última fue en 2011)
      No se pierde el derecho a recuperar las aportaciones en ningún plazo determinado; si el titular fallece, tienen derecho sus herederos. 
      El alta es automática pero  si no se quiere ser partícipe se deberá renunciar por escrito a la adhesión durante el plazo de dos meses a partir de la fecha de incorporación.
      Si se tiene cuenta en el BBVA se pueden consultar directamente las aportaciones, si no,  se solicitar información en una oficina o se puede crear un acceso online en www.pensionesbbva.com, para ello es necesario disponer del número de cuenta de pensiones.
      Se pueden realizar aportaciones voluntarias.
      Se pueden movilizar los derechos a otro plan cuando se extinga la relación laboral con la Administración General del Estado, aunque conviene consultar las condiciones.
      Se pueden movilizar los derechos desde otro plan a este.
      Se tiene derecho a cobrar la prestación en los siguientes casos: Jubilación, invalidez, fallecimiento o dependencia. También en caso de desempleo prolongado o enfermedad grave propia o de familiares de 1er grado dependientes del titular.
      La solicitud se presenta en el BBVA en una oficina que gestione el Plan de Pensiones AGE (no todas lo hacen)
       Una vez solicitado el pago, el BBVA tiene 15 días para reconocer la prestación y 7 más para efectuar el pago. Como son días hábiles, el proceso completo puede durar aproximadamente un mes.