Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 19 abril 2024.

  • Principal

    COMUNICADO DE LA REUNIÓN DE FECCOO EN LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN ITALIA SOBRE EL PROBLEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EL 05/06/2018

      20/06/2018.
      Seguridad Social

      Seguridad Social

      COMUNICADO DE LA REUNIÓN EN LA EMBAJADA DE ESPAÑA EN ITALIA EL 05/06/2018

      Asistieron a la reunión el primer secretario y la canciller de la Embajada de España en Roma, el secretario general de FECCOO-Exterior, la delegada de personal del IC de Roma y secretaria de la sección Italia FECCOO-Exterior y la bibliotecaria del IC de Nápoles. También nos recibió brevemente el embajador, que se interesó por los problemas tratados en la reunión.

      El tema principal de la reunión fue el relativo a los trabajadores de los Institutos Cervantes en Italia afectados por la aplicación del reglamento CE 883/2004 y ya transferidos a la Seguridad Social del país. En primer lugar se hizo referencia al marco jurídico de las Convenciones de Viena que se podría aplicar a todos los trabajadores del IC en Europa que tanto ahora como a partir del año 2020 cotizan/cotizarán al régimen de la seguridad social local correspondiente. En este sentido la afectada presente en la reunión mencionó la oportunidad existente para subsanar dicha situación a la vista del acuerdo entre España e Italia que actualmente está en negociación.

      Dicho acuerdo, que se fundamenta en el artículo 16 del mismo reglamento, debería incluir a todos los trabajadores de las misiones diplomáticas españolas en Italia sin dejar fuera, como hasta ahora está ocurriendo, a aquellos que vieron anulado su derecho a decidir en qué país cotizar; actualmente se trata de dos trabajadoras del centro de Nápoles, un trabajador de Palermo y, próximamente, una nueva incorporación en septiembre del 2018 al de Milán.

      Tras ponerse en común el texto del acuerdo y las comunicaciones recibidas por parte de la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada de España en Roma sobre los términos en los que se está desarrollando esta negociación, los representantes de la Embajada de España en Italia comentan que el reglamento europeo de coordinación de los sistemas de seguridad social será de obligado cumplimiento para todos los trabajadores que residan y /o trabajen en Europa y que según sus consultas el acuerdo mencionado entre ambos países sólo es aplicable a los trabajadores que todavía permanecen en la seguridad social española.

      La secretaria de FECCOO Italia informa a los representantes de la embajada de que el colectivo al que representa la compañera de Nápoles, teniendo nacionalidad española, contrato con legislación española, y cotización con la seguridad social española con antelación a la entrada en vigor del reglamento, deberían ser mantenidos en la seguridad social española, por ello se solicita su intervención, con el objetivo de dar visibilidad a los cuatro empleados actualmente excluidos. Por su parte, la trabajadora afectada aclara que en su momento no se hizo uso de las prórrogas previstas en el reglamento y que tanto ella como el resto de compañeros de Italia y de Europa, fueron expulsados de la seguridad social española de manera irrevocable con el consecuente agravio comparativo y la pérdida de derechos.

      Los responsables de la embajada proponen como una vía posible para paliar la situación el envío de una carta al embajador (con copia a ellos mismos) documentando todas las gestiones que hasta ahora se han realizado e indicando su situación para que se les incluya en anexo a dicho acuerdo, recuperar la cotización en la seguridad social española y pasar a engrosar el listado de trabajadores de misiones diplomáticas que serán excluidos de su traslado automático a la seguridad social italiana con la llegada del año 2020.

      Los representantes de la Embajada creen así mismo que la causa en favor de estos compañeros puede ser viable por el principio de igualdad y visto que todavía las negociaciones están en curso entre las autoridades competentes de ambos países dependientes del Ministerio de Empleo y Seguridad Social al que se dirigirán directamente.

      La secretaria de la sección de FECCOO en Italia comenta al respecto la cuestión de los desplazados con movilidad forzosa de los Institutos Cervantes a los que en las últimas convocatoria de traslados se les obligará a cotizar en la seguridad social del país, en caso de superar la permanencia de los 5 años. Según cancillería sería una forma quizás de presión para que este colectivo limite su estancia en un país de la UE, como sucede con el personal funcionario adscrito a embajadas cuya condiciones obligan a la movilidad cada cinco años alternando diversos tipos de destinos. La afectada apunta sus dudas, al respecto de la solicitud cursada por algunos trabajadores para la obtención de pasaportes de servicios que puedan evitar dicha situación, sobre si la posesión de este documento excluye o no de la aplicación del reglamento y que con el reconocimiento de la Convención de Viena este problema también quedaría resuelto.

      Por último la delegada del IC de Roma recordó a Cancillería la cuestión salarial del personal laboral con legislación local, que no se ha visto beneficiado del aumento que se contempla en España del 2 %, y que está a la espera de una respuesta por parte del embajador a la carta que los trabajadores del Instituto Cervantes remitieron sobre este asunto. A este respecto se nos aclara que próximamente recibirán una respuesta y que, si bien la legislación en esta materia no favorece a dicho colectivo, sí que son conscientes de la situación y del agravio producido.