Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 29 marzo 2024.

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    FECCOO Exterior impugna las convocatorias del Instituto Cervantes para la cobertura de plazas por falta de garantías

      FECCOO Exterior presenta recurso contra las convocatorias para cubrir plazas de profesores en los centros del IC en Nueva Delhi, Manila, Recife y Shanhay y Gestor Cultural de Rio de Janeiro porque las pruebas de selección no se ajustan a lo establecido en el artículo 61 de Estatuto Básico del Empleado Público.

      19/10/2019.
      Comunicado importante.

      Comunicado importante.

      FECCOO EXTERIOR presenta recurso contra las convocatorias para cubrir plazas de profesores en los centros del IC en Nueva Delhi, Manila, Recife y Shanhay y Gestor Cultural de Rio de Janeiro porque las pruebas de selección no se ajustan a lo establecido en el artículo 61 de Estatuto Básico del Empleado Público.

      Las bases de las convocatorias tanto públicas como de promoción interna se publican con graves defectos en la fase de ENTREVISTA que adolece de generalidad y falta de concreción y que no cumple con las premisas establecidas por la legislación vigente, incluyendo las últimas resoluciones dictadas por el Tribunal Supremo.

      La jurisprudencia de los tribunales ha venido declarando que esta entrevista personal debe ser definida en las bases de la convocatoria en sus elementos esenciales mínimos, tales como su justificación en atención a las características del puesto o puestos ofertados, el tiempo máximo de duración de la entrevista y el contenido concreto sobre la que versará.

      Denunciamos que las entrevistas que lleva a cabo el Instituto Cervantes para seleccionar a su personal en los centros del exterior carecen de las imprescindibles garantías legales porque:
      - La convocatoria no establece la duración de las mismas; por lo que en la práctica se producen variaciones que afectan a la igualdad de oportunidades de los candidatos;
      - No se definen ni se hacen públicos los criterios objetivos de evaluación de los candidatos, resultando ser absolutamente discrecionales;
      - La entrevista por su indefinición presenta un carácter difuso, que no puede ser conocido previamente por los participantes, en lugar de cumplir el objetivo de comprobar los méritos alegados en las fases anteriores.
      - La prueba se convierte en una evaluación por completo subjetiva, sin garantías, que propicia la injerencia de factores externos de cualquier tipo.
      - Se produce una situación de inseguridad jurídica de los participantes a la hora de ser valorados.

      Esta situación se ve claramente agravada por el hecho de que en todas las convocatorias las entrevistas suponen el 40% de la puntuación final, lo que unido a la subjetividad y discrecionalidad de la prueba, provoca que la adjudicación de las plazas convocadas dependa de los criterios personales de los miembros del tribunal.
      Igualmente la limitación del número de candidatos que pasan a la fase de prueba, lo que supone una limitación en el acceso de los participantes en la convocatoria al impedir que un número indeterminado de ellos, cumpliendo los requisitos exigidos y con méritos reconocidos no tengan opción ninguna a las plazas ofertadas.

      En definitiva, denunciamos que los procesos selectivos del Instituto Cervantes no garantizan la igualdad de oportunidades e incumplen la obligada trasparencia de todo acto público de la Administración española.

      Denunciamos la alarmante falta de rigor en la aplicación de la ley, de los principios de equidad, igualdad de trato y de oportunidades, de los principios de mérito y capacidad y la persistencia de este organismo en la falta de trasparencia.

      Exigimos que el Instituto Cervantes abandone su “peculiaridad” mal entendida y de una vez por todas apueste por una selección de personal equitativa y ajustada a derecho.

      FECCOO EXTERIOR