Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 28 marzo 2024.

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    CCOO plantea al Tribunal Superior de Justicia cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE por la discriminación que sufre el interino en el exterior

      08/01/2020.
      Informe jurídico

      Informe jurídico

      Se pretende que se dilucide si es conforme con la cláusula 4, apartado 1, del Acuerdo marco la práctica española en virtud de la cual los funcionarios interinos, a cuyos servicios se ha recurrido por razones de necesidad y urgencia con la misma titulación y requisitos de acceso de un funcionario de carrera, y con destino fuera de España, no se les abone la indemnización de calidad de vida y de poder adquisitivo que se abona al funcionario docente de carrera que reside fuera de España. Ambos funcionarios realizan las mismas tareas y ambos residen fuera de España. No se pretende una indemnización en la misma cantidad que recibe un docente de carrera, pero si un complemento para el docente interino que mejore su calidad de vida en el país donde ejerce sus funciones educativas.

      Igualmente se debe dilucidar la discriminación que sufre el funcionario interino docente, pues para poder participar en la convocatoria de plazas docentes en el exterior se le exige la residencia en el país donde va a ejercer su docencia, con el único fin de no abonar el complemento de extranjería.