Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 29 marzo 2024.

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    FECCOO Exterior gana una sentencia: El personal del Instituto Cervantes no puede verse huérfano de celebrar elecciones sindicales tras 12 años sin poder ejercer este derecho

      El Juzgado no 26 de Madrid, en Sentencia de 18 de septiembre de 2020, confirma el laudo que estimaba las pretensiones de la FECCOO-Exterior, respecto a que las trabajadoras y trabajadores del Instituto Cervantes ostentan el derecho a celebrar elecciones sindicales y no pueden verse privados de este derecho fundamental de libertad sindical recogido en el art. 28 de la Constitución Española.

      22/09/2020.

      La Sentencia expresamente refleja: “el hecho de que el personal del Instituto Cervantes sea Administración General del Estado, en el Servicio Exterior, no puede llevar a la perversa consecuencia de que se vean privados y huérfanos de representación unitaria y de su derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones sindicales reguladas en los arts. 69 y siguientes del Estatuto de los Trabajadores y con una clara conexión con el Derecho Fundamental de Libertan Sindical recogido en el art. 28.1 de la Constitución Española. “

      Esto significa que el personal del Instituto Cervantes en el Exterior tiene su propia normativa, aprobada y negociada en la Mesa de Negociación del propio Instituto Cervantes, en materia de regulación de las condiciones laborales, lo que choca frontalmente con el intento de imponer otras condiciones distintas de la Administración General del Estado, que limitan la celebración de elecciones sindicales en esta entidad pública, representada mayoritariamente por CCOO.

      Gracias a este fallo judicial, CCOO fomentará la celebración de elecciones sindicales en el Instituto Cervantes, en cada uno de los países, para que todas las trabajadoras y trabajadores ejerzan su derecho efectivo a la libertad sindical y a ser elector y elegible.