Federación de Enseñanza de CCOO Exterior | 16 abril 2024.

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    CCOO impugna ante la Jurisdicción Social la denegación de la prestación por desempleo al personal interino cesados en Marruecos

      El plazo para impugnar la denegación por desempleo es de 30 días.

      30/04/2020.
      Servicio Público de Empleo

      Servicio Público de Empleo

      Ante la negativa del Servicio Público de Empleo Estatal de denegar la prestación de desempleo a los interinos cesados, el Gabinete Jurídico de CCOO ha impugnado esta denegación ante los Tribunales de la Jurisdicción Social.

      La denegación se basa en el cese voluntario del interino, ya que cuando un trabajador voluntariamente deja su trabajo no tiene derecho a la prestación por desempleo. Pero, en este supuesto no se trata de un trabajador cuyas condiciones de trabajo se regulan por el Estatutos de los Trabajadores, sino de un funcionario interino que se rige por el TREBEP. No ha existido cese voluntario de ningún interino, sino que el cese ha sido un acto administrativo sin motivación alguna y con vulneración clara de los principios fundamentales del derecho administrativo.
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      El plazo para impugnar la denegación por desempleo es de 30 días, por lo que todo interesado puede dirigirse a los siguientes correos electrónicos:

      isabelvicente@fe.ccoo.es
      cperona@fe.cccoo.es